El código Ictus es un protocolo extrahospitalario creado para que el paciente sea remitido con la mayor celeridad por un servicio de Neurología. Recordemos que el Ictus tiene tratamientos siempre que se apliquen con rapidez. Tanto tratamientos farmacológicos (fibrinólisis) como quirúrgicos Trombectomía y Endarterectomía.
Cuando ha transcurrido el tiempo de efectividad del medicamento, porque el paciente no llega a tiempo por no ser derivado, no se puede aplicar el código ictus ni sus tratamientos.
El servicio público de salud de Castilla La Mancha ha modificado ahora los criterios de inclusión del Código Ictus admitiendo a pacientes hasta las siete horas desde el inicio de los síntomas para trombectomía, la inclusión de pacientes de más edad que antes estaban excluidos y también los casos de ictus del despertar, aquellos casos en los que el paciente se levanta con síntomas y no se puede determinar cuando comenzaron.
Todas estas modificaciones permitirán a muchos pacientes beneficiarse de terapias de las que antes estarían excluidos, eso sí, es necesario que los pacientes sean remitidos a la Unidad de Ictus en el momento que exista una sospecha. Para más información: albaceteabierto